Vodafone Australia acaba de
comunicar que está desarrollando un sistema que le permitirá almacenar
el histórico de páginas webs que visiten sus clientes durante un plazo
máximo de 90 días. Desde la compañía afirman que es una medida para que
los usuarios puedan conocer dónde están consumiendo más tráfico de datos
y también para dirimir disputas en la facturación.
Este anuncio por parte de la empresa de
telecomunicaciones coincide con una serie de debates políticos en
Australia en relación a la creación de una legislación específica que
obligue a almacenar los conocidos como metadatos de navegación
durante al menos 2 años, no solo a nivel de empresas de
telecomunicaciones sino también en relación a herramientas o redes
sociales.
Vodafone afirma que sus clientes recibirán de buen agrado esta medida ya que ahora podrán conocer en qué están consumiendo el plan de datos y además esta información podrá ser utilizada respecto a las quejas por consumo de datos
de sus clientes, pues podrán justificar dónde han consumido el ancho de
banda asignado a cada tarifa o plan de datos en caso de disputas.
En palabras de Matthew Lobb, director de estrategia y políticas en Vodafone Australia, “creemos que la mayoría de nuestros clientes apreciarán saber en qué están gastando sus tarifa de datos móviles“.
En palabras de Matthew Lobb, director de estrategia y políticas en Vodafone Australia, “creemos que la mayoría de nuestros clientes apreciarán saber en qué están gastando sus tarifa de datos móviles“.
Lobb afirma también que hasta ahora en
las facturas solo se indicaba el volumen de datos consumido pero no en
qué se habían consumido; ahora los clientes sí podrán conocer esta
información.
No obstante, desde Vodafone aseguran que no se almacenará cada página individual
que visite un cliente, sino simplemente el dominio web. Esto es,
Vodafone almacenará que se ha visitado Facebook, pero no qué perfiles en
concreto o qué se hizo durante la navegación en la red social.
En cualquier caso, el gobierno australiano ha afirmado que el régimen obligatorio de retención de datos no incluirá en ningún caso
el contenido de los correos electrónicos o las llamadas telefónicas así
como el histórico concreto de las páginas webs visitadas.
Por su parte, el resto de compañías de
telecomunicaciones del país han afirmado que la implantación de un
sistema de retención de datos como el que se está debatiendo, podría
tener un coste estimado de 70 millones de euros anuales, gastos extras
que, indican, podrían derivarse al consumidor final si el Estado no se
hace cargo de ellos.
En España, la Ley
25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las
comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones no
contempla la obligatoriedad de las operadoras de telefonía de almacenar
el histórico de páginas webs visitadas por sus clientes ni tan siquiera
a nivel de nombre de dominio. En concreto, los datos que nuestra
legislación obliga a retener son, en términos generales:
- Datos necesarios para rastrear e identificar el origen de una comunicación.
- Datos necesarios para identificar el destino de una comunicación.
- Datos necesarios para determinar la fecha, hora y duración de una comunicación.
- Datos necesarios para identificar el tipo de comunicación.
- Datos necesarios para identificar el equipo de comunicación de los usuarios o lo que se considera ser el equipo de comunicación.
- Datos necesarios para identificar la localización del equipo de comunicación móvil.
El detalle concreto de qué datos se almacenarán en cada uno de estos
bloques se encuentra en el artículo 3 de la citada Ley 25/2007.
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