Emilio de MuchoMasQueWebs me pidió una colaboración sobre el alta de ficheros en el Registro General de Protección de Datos (RGPD).
El post se ha publicado hoy con el títuloTutorial alta fichero proteccion datos – Como registro mi actividad en la AEPD.
Dice el artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica De Protección De Datos (LOPD):
2. Los ficheros de datos de carácter personal de titularidad privada serán notificados a la Agencia Española De Protección De Datos (AEPD) por la persona o entidad privada que pretenda crearlos, con carácter previo a su creación.
Es decir, que inscribir los ficheros es el primer paso que se debe dar en el cumplimiento de la LOPD, puesto que es de carácter “previo” a su uso.
No hay comentarios:
Publicar un comentario